El Centro Especial de Empleo Servidis, es una entidad que ha centrado su actividad en la inclusión sociolaboral de personas con diversidad funcional mediante la prestación de servicios .
Desde el año 2005 se ha convertido en un referente en la creación e implementación de novedosos sistemas de integración .
Calificado por el Servicio Canario de Empleo como “CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO”, impulsa un movimiento empresarial abierto que promueve un concepto de empresa donde la acción social está integrada en la inserción de personas con diversidad funcional en el mundo laboral.
Ley General de Discapacidad (Anterior Ley LISMI)
La LGD (antigua ley LISMI) establece que todas las empresas públicas y privadas españolas, cuya plantilla (cómputo total de empleados independientemente del tipo de contratación) sea de 50 o más trabajadores, deben tener una "cuota de reserva a favor de las personas con discapacidad". Es decir, reservar el 2% de la plantilla a personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General
de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Contratar mediante Medidas Alternativas
Es posible cumplir la ley gracias a una serie de Medidas Alternativas vigentes en la actual Ley General de Discapacidad (previa solicitud de un Certificado de Excepcionalidad).
SERVIDIS en colaboración con la prestigiosa Asesoría Armando Sánchez Díaz, ofrecemos los servicios de gestión y asesoramiento legal para el cumplimiento de la LGD a través de estas medidas:
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Contratar un trabajador autónomo con discapacidad o un Centro Especial de Empleo para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad mercantil.
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Contratar un trabajador autónomo con discapacidad o un Centro Especial de Empleo para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
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Realizar donaciones a entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la integración social de personas con discapacidad.
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La constitución de un enclave laboral, previa suscripción de un contrato con un Centro Especial de Empleo.
En el caso de optar por la contratación de un Centro Especial de Empleo, el importe anual de contratación debe ser, al menos, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual (IPREM) por trabajador con discapacidad no contratado.
Normativas
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RDL 1/2013, de 29 de noviembre. Texto Refundido de la Ley General de discapacidad.
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Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
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ORDEN de 29 de julio de 2009, por la que se regula el procedimiento administrativo relativo a la aplicación de las medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% en favor de personas trabajadoras discapacitadas en empresas de 50 o más trabajadores/as, reguladas por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.
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ORDEN de 2 de julio de 2009, por la que se crea y regula un Censo de Trabajadoras y Trabajadores Autónomos con Discapacidad en el exclusivo ámbito del Servicio Canario de Empleo.
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Ley 49/2007, de 26 de Diciembre, por la que se establece el Régimen de Infracciones y Sanciones en Materia de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.
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Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre el acceso de las personas con diversidad funcional a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
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Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
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Modalidades e incentivos de la contratación de personas con discapacidad.
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Ley 43/2006, de 29 de diciembre (B.O.E. de 30 de Diciembre de 2006) para la mejora y crecimiento del empleo.
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Real Decreto 469/2006 de 21 de abril (B.O.E. nº 96, de 22 de Abril de 2006) por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
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RD 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
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Real Decreto 364/2005 de 8 de abril (B.O.E. nº 94 de 20 de Abril de 2005)Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
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Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
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Real Decreto 427/1999, de 12 de marzo (B.O.E. de 26 de marzo, concesión de ayudas.
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ORDEN MTAS de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo., por el que se modifica el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajan en los Centros Especiales de Empleo.
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Orden Ministerial 16 de octubre de 1998 (B.O.E. de 21 de noviembre) de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
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Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre (B.O.E. de 9 de diciembre), aprobación Reglamento de los Centros Especiales de Empleo regulación de la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajan en los Centros Especiales de Empleo.
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Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio (B.O.E. de 8 de agosto)